Por: Licda. Ana Ilma Martinez de Gil
Estimadas socias y colegas:
En la Publicación de la DNM DirecciónNacional de Medicamentos; GUIA DEL USUARIO 2013 en su página 2, en la cual indica: ( adjuntamos link para su referencia)
Documento Guía del Usuario 2013
RESPONSABILIDADES DEL REGENTE O DIRECTOR TÉCNICO, DE CONFORMIDAD AL ART. 52 DEL REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY DE MEDICAMENTOS:
Son responsabilidades del Regente o Director Técnico, las siguientes.
FARMACIA PRIVADA:
1. Supervisar que los medicamentos a comercializar cumplan con el Reglamento de etiquetado vigente de los productos farmacéuticos de uso humano en el país.
2. Supervisar el retiro de los medicamentos vencidos a un área separada a la del despacho la sala de venta
3. Indicar y advertir por escrito al propietario que no deben expender medicamentos sin registro sanitario, vencidos, alterados, falsificados, muestras médicas, donativos o de propiedad del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS), Ministerio de Salud, MINSAL u otra institución pública o privada.
*4. Supervisar que se cumplan las Buenas Prácticas de Almacenamiento de los medicamentos para asegurar su Calidad.
5. Supervisar y mantener actualizados los controles y registros de los Estupefacientes, Psicotrópicos, precursores, sustancias y productos químicos y agregados de acuerdo al listado vigente, cuando sea requerido.
6. Preparar fórmulas magistrales y oficinales en áreas y condiciones apropiadas.
7. Dar a conocer al personal auxiliar de las farmacias los lineamientos necesarios para el despacho y almacenamiento adecuado de los medicamentos.
8. Vigilar y supervisar que el funcionamiento y las actividades de la farmacia se desarrollen dentro del marco legal vigente.
9. Informar a la Autoridad Sanitaria y al propietario del establecimiento con un mes de anticipación la renuncia de la regencia.
10.Informar a la Autoridad Sanitaria competente la ausencia por más de 15 días a través de una nota, indicando el nombre del farmacéutico que lo sustituirá y el período que estará ausente, firmada y sellada por ambos; la cual debe ser presentada con anticipación de su ausencia.
Presentar al término del contrato de regencia, el libro de control de Estupefacientes y Psicotrópicos a la Unidad respectiva, entregando las recetas retenidas hasta la fecha en que se renuncia, verificando la entrega del inventario físico de las existencias al propietario del establecimiento y a la Autoridad competente.
DEBEMOS REVISAR: Con la GUIA DE BUENAS PRACTICAS DE ALMACENAMIENTO EN ESTABLECIMIENTOS FARMACEUTICOS emitida por la DNM, sidamos cumplimiento al numeral 4*.( adjuntamos link para su referencia)
Documento Guía de BPA 2014 para Establecimientos
Atentamente,
Ana Ilma Martinez de Gil- Químico Farmacéutico
Secretaria AFQF Abril 2015