Recordatorio : Funciones y Responsabilidades del Regente Farmacéutico

Por: Licda. Ana Ilma Martinez de Gil

 

Estimadas socias y colegas:

 

Guía del Usuario 2013- Funciones y Responsabilidades del Regente Farmacéutico

En la Publicación de la DNM DirecciónNacional de Medicamentos; GUIA DEL USUARIO 2013 en su página 2, en la cual indica:  ( adjuntamos link para su referencia)

Documento Guía del Usuario 2013

RESPONSABILIDADES DEL REGENTE O DIRECTOR TÉCNICO, DE CONFORMIDAD AL ART. 52 DEL REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY DE MEDICAMENTOS:

Son responsabilidades del Regente o Director Técnico, las siguientes.

FARMACIA PRIVADA:

1. Supervisar que los medicamentos a comercializar cumplan con el Reglamento de etiquetado vigente de los productos farmacéuticos de uso humano en el país.

 

2. Supervisar el retiro de los medicamentos vencidos a un área separada a la del despacho la sala de venta

 

3. Indicar y advertir por escrito al propietario que no deben expender medicamentos sin registro sanitario, vencidos, alterados, falsificados, muestras médicas, donativos o de propiedad del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS), Ministerio de Salud, MINSAL u otra institución pública o privada.

 

*4. Supervisar que se cumplan las Buenas Prácticas de Almacenamiento de los medicamentos para asegurar su Calidad.

 

5. Supervisar y mantener actualizados los controles y registros de los Estupefacientes, Psicotrópicos, precursores, sustancias y productos químicos y agregados de acuerdo al listado vigente, cuando sea requerido.

 

6. Preparar fórmulas magistrales y oficinales en áreas y condiciones apropiadas.

 

7. Dar a conocer al personal auxiliar de las farmacias los lineamientos necesarios para el despacho y almacenamiento adecuado de los medicamentos.

 

8. Vigilar y supervisar que el funcionamiento y las actividades de la farmacia se desarrollen dentro del marco legal vigente.

 

9. Informar a la Autoridad Sanitaria y al propietario del establecimiento con un mes de anticipación la renuncia de la regencia.

 

10.Informar a la Autoridad Sanitaria competente la ausencia por más de 15 días a través de una nota, indicando el nombre del farmacéutico que lo sustituirá y el período que estará ausente, firmada y sellada por ambos; la cual debe ser presentada con anticipación de su ausencia.

Presentar al término del contrato de regencia, el libro de control de Estupefacientes y Psicotrópicos a la Unidad respectiva, entregando las recetas retenidas hasta la fecha en que se renuncia, verificando la entrega del inventario físico de las existencias al propietario del establecimiento y a la Autoridad competente.

 

DEBEMOS REVISAR: Con la GUIA DE BUENAS PRACTICAS DE ALMACENAMIENTO EN ESTABLECIMIENTOS FARMACEUTICOS emitida por la DNM, sidamos cumplimiento al numeral 4*.( adjuntamos link para su referencia)

Documento Guía de BPA 2014 para Establecimientos

DNM - Guia de BPA en Est Fmc 2014

 

 

Atentamente,

 

 

Ana Ilma Martinez de Gil-    Químico Farmacéutico

 Secretaria  AFQF         Abril 2015

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